Definición de Arrendamiento: Es el contrato mediante el cual dos partes contratantes se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra, a pagar por ese uso o goce un precio cierto. Artículo 2398 del Código Civil Federal.
Definición de Alquiler: Se homologa a la acción de Arrendamiento, aunque en el coloquio jurídico se estila como el precio a pagar por concepto de renta, o pensión rentística.
(Anteriormente se refería a alquiler como una suerte de arrendamiento únicamente para bienes muebles, y el arrendamiento se usaba principalmente para bienes inmuebles)